¿Qué pasa si me jefe no me da trabajo?

¿Qué pasa si me jefe no me da trabajo?

by Abogado Laboralista Madrid, 7 junio, 2018

No son pocas las ocasiones en las que las empresas en lugar de despedir a un trabajador deciden “boicotearle” con la idea de que, ante la presión, decida causar baja voluntaria, es decir, dimitir.

El objetivo que se persigue en estos casos es evitar el pago de las indemnizaciones que nuestra legislación prevé para los despidos improcedentes o lo que es lo mismo, para los despidos sin causa legal.

Pues bien, una de las medidas de presión más habituales en escenarios como el descrito es no asignar tarea alguna al trabajador con la idea de que ante el estrés de la situación decida irse voluntariamente de la Compañía.

Nuestro equipo de abogados laboralistas pasa a continuación a detallar opciones que tienen los trabajadores para paralizar una situación como la descrita

  1. Derecho de todo trabajador a la ocupación efectiva

Entre los derechos de todo empleado en el marco de una relación laboral el artículo 4.2.a) del Estatuto de los Trabajadores establece que En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho a la ocupación efectiva.”.

Nuestros Tribunales Superiores de Justicia han interpretado dicho precepto estableciendo que:

la ocupación efectiva es un derecho vinculado íntimamente a la dignidad de la persona del trabajador, puesto que aquel no es una pieza insensible de la maquinaria productiva, sino una persona que se socializa también por su integración en el centro de trabajo en el que aspira a la realización humana mediante el desarrollo de sus tareas, de modo que, la privación infundada de aquella, aunque se mantenga el salario, frustra tal finalidad y produce en el trabajador menoscabo de su dignidad personal y profesional.” 

Como no podía ser de otra manera, este derecho se transforma en una obligación para todo empresario, ya que dentro de sus deberes como empleador se encuentra el de encomendar tareas a sus empleados.

Lamentablemente, como hemos tenido ocasión de apuntar al inicio del Post, no son pocos los trabajadores que bien por una falta de entendimiento con su jefe, bien porque la empresa quiere amortizar su puesto de trabajo sin coste alguno, se encuentran con que sus puestos están vacíos de contenido y ello debido a que sus superiores no les encomiendan tarea alguna.

Esta situación genera al trabajador grandes dudas sobre cómo proceder, por lo que pasamos a continuación a abordar las diversas líneas de actuación que puede seguir para poner fin a esa falta de ocupación.

  1. Vías de actuación frente a una falta de ocupación efectiva.

El primer dato a tener en cuenta es que, sea o no por causa imputable al empresario, si el trabajador, de forma involuntaria, debe permanecer inactivo porque no se le proporciona una efectiva labor u ocupación, mantiene su derecho a percibir su salario, es más, su superior no puede exigirle a posteriori compensar las horas en que no ha estado prestando servicios.

Aclarado lo anterior, indicar que dos son las opciones que tendría el empleado para reconducir una situación como la descrita:

1. Interponer una demanda declarativa de derechos con el objeto de que en sede judicial se obligue al empresario a asignarle trabajo efectivo.

2. Interponer una demanda de extinción del contrato de trabajo con el objeto de que un Juez determine su derecho a concluir su relación laboral con el percibo de la indemnización legal que se prevé para los despidos improcedentes. A esta reclamación se podría adicionar una indemnización por daños morales.

Es importante que antes de iniciar cualquier tipo de trámite el trabajador recopile prueba acreditativa de que sus superiores no le encomiendan tarea alguna. Dicha prueba podría consistir en grabaciones de audio que verifiquen que pese a que solicita trabajo sus superiores no se lo dan, correos electrónicos de los que se desprenda esta misma situación…

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