En AE Abogados somos conscientes del impacto que puede tener en la vida personal y profesional de un trabajador cualquier modificación en su jornada laboral. Este tipo de cambios, que pueden afectar tanto al tiempo de trabajo como a su distribución, están regulados por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, y deben aplicarse siempre con garantías y respetando tus derechos.
Contar con el respaldo de un abogado especializado en modificación de jornada laboral es fundamental para analizar si la medida está justificada y si puede ser impugnada.
La jornada de trabajo es uno de los elementos esenciales del contrato. Por eso, cualquier alteración importante debe considerarse una modificación sustancial de las condiciones laborales. Esto incluye:
Cambiar de jornada continua a jornada partida, o viceversa.
Alterar el horario de entrada y salida.
Reducción o ampliación del número de horas diarias o semanales.
Cambios en turnos de noche o fines de semana.
Estas modificaciones deben notificarse por escrito y con al menos 15 días de antelación. Además, la empresa debe justificar la decisión en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Ante una modificación sustancial de la jornada laboral, el trabajador dispone de varias opciones:
Aceptar la medida: continuar trabajando bajo las nuevas condiciones.
Impugnarla ante el Juzgado de lo Social: si se considera injustificada o no proporcional.
Solicitar la extinción del contrato: con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 9 mensualidades.
Cada caso debe ser analizado individualmente. Por eso, desde AE Abogados ofrecemos un asesoramiento personalizado para evaluar la legalidad de la medida y definir la mejor estrategia de defensa.
Hemos ayudado a numerosos trabajadores a reclamar sus derechos en casos como:
Modificación de jornada por conciliación: cuando la empresa modifica el horario sin respetar el derecho a la conciliación familiar.
Cambios unilaterales sin justificación: turnos rotativos impuestos sin negociación previa.
Reducción de jornada encubierta: con disminución de salario sin acuerdo.
Si te encuentras en una de estas situaciones, te recomendamos actuar rápidamente. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde la notificación del cambio.
Nuestro equipo de abogados laboralistas en AE Abogados tiene amplia experiencia en impugnar cambios de jornada que vulneran los derechos del trabajador. Analizamos cada caso en profundidad, valoramos los efectos reales del cambio y te ayudamos a proteger tus condiciones laborales.
Trabajamos de forma cercana, ágil y efectiva, con el objetivo de que ningún trabajador vea afectada su vida personal o económica por una modificación injustificada.
No, salvo que exista una causa objetiva y se cumplan los requisitos legales de justificación y preaviso.
Puedes impugnar la medida ante el Juzgado de lo Social o solicitar la extinción indemnizada de tu contrato.
El plazo para impugnar es de 20 días hábiles desde la notificación de la modificación.
El derecho a la conciliación prevalece en muchos casos. Una modificación que impida ejercerlo puede considerarse discriminatoria o nula.
No. La jornada es el tiempo de trabajo. Las funciones se refieren al tipo de tareas. Ambas pueden modificarse, pero tienen procedimientos y consecuencias distintas.
AE Abogados, estamos aquí para ayudarte.
Rellena el siguiente formulario y nos pondremos en contacto contigo lo más rápido posible.