La modificación de las condiciones de trabajo es una realidad a la que muchos empleados pueden enfrentarse a lo largo de su vida laboral. Esta posibilidad, aunque amparada por la ley, debe llevarse a cabo respetando ciertos procedimientos y garantizando los derechos de los trabajadores.
Es fundamental que los empleados conozcan sus derechos y reciban asesoramiento adecuado para garantizar que cualquier cambio se realice de manera justa y legal.
Si estás enfrentando o negociando una modificación de jornada laboral, nuestro equipo está preparado para defender tus derechos y garantizar que cada cambio se realice conforme a la ley.
Contamos con amplia experiencia en la elaboración y revisión de un acuerdo de modificación jornada laboral, asegurando que tus condiciones laborales se ajusten a la realidad y que se respeten tus garantías como trabajador.
En cada caso, trabajamos codo a codo contigo para transformar los retos en oportunidades, protegiendo tu bienestar y tu futuro profesional.
Confía en AE Abogados para que cada modificación en tu jornada se gestione de forma transparente, justa y legal.
En un mercado laboral cada vez más cambiante, no es extraño que las empresas ajusten las condiciones de sus empleados por motivos organizativos, económicos o productivos. Sin embargo, cuando estos cambios afectan a aspectos esenciales como la jornada, el salario, el lugar de trabajo o las funciones, es imprescindible analizar si la modificación respeta tus derechos como trabajador. En AE Abogados, te ayudamos a identificar cuándo estás ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y cómo puedes actuar ante ella.
No todos los cambios constituyen una modificación sustancial. Se considera como tal aquella que afecta de forma relevante a las condiciones acordadas en tu contrato o consolidadas por el tiempo. Algunas de las más comunes son:
Cambio en la jornada laboral (de jornada continua a partida, o viceversa).
Reducción o aumento de salario fijo o variable.
Traslado de centro de trabajo a otra ciudad o provincia.
Asignación de funciones distintas a las de tu categoría profesional.
Alteración del horario habitual o sistema de turnos.
Ante cualquiera de estas situaciones, tienes derecho a ser informado con un preaviso mínimo de 15 días y, en algunos casos, puedes impugnar la decisión ante el juzgado de lo social.
Ante una modificación sustancial de tus condiciones laborales, puedes optar por varias vías legales:
Si consideras que el cambio es justificado y no vulnera tus derechos, puedes aceptarlo. En este caso, se recomienda solicitar que el nuevo acuerdo quede reflejado por escrito para evitar futuros conflictos.
Si no estás de acuerdo y consideras que la medida no responde a una causa real o que no se ha respetado el procedimiento legal, puedes presentar una demanda en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación. Un abogado laboralista analizará si el cambio es improcedente o nulo.
En algunos casos, puedes solicitar la extinción voluntaria de tu contrato con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades. Esta opción es frecuente cuando la modificación afecta a aspectos esenciales como el salario o la jornada.
Cada caso es único. Por eso, en AE Abogados analizamos tu situación concreta, revisamos tu contrato, convenios colectivos aplicables, jurisprudencia reciente y, en su caso, negociamos directamente con la empresa o representamos tu demanda ante los tribunales.
Contar con un abogado especializado en modificación de condiciones laborales te permite conocer todas las posibilidades legales, tomar decisiones informadas y proteger tus intereses en un momento delicado para tu estabilidad profesional.
No todas las alteraciones provienen de decisiones unilaterales de la empresa. Existen pactos que se incorporan voluntariamente al contrato pero que afectan significativamente a tu libertad y a tu futuro profesional:
Limitan tu posibilidad de prestar servicios para otras empresas mientras dure tu contrato. Solo son válidos si están compensados económicamente.
Te impiden trabajar para la competencia tras finalizar tu relación laboral. También requieren compensación económica proporcional y una duración máxima razonable.
Obligan a no divulgar información sensible de la empresa. Suelen ser permanentes y deben estar claramente definidos para evitar abusos.
En AE Abogados revisamos la legalidad de estos pactos, defendemos tus intereses si se aplican de forma desproporcionada y te orientamos sobre su posible nulidad o renegociación.
La movilidad geográfica (cambio de centro de trabajo a otra ciudad) y la movilidad funcional (asignación de nuevas funciones distintas a las pactadas) son figuras reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. Para ser válidas deben:
Estar justificadas por razones organizativas.
Respetar tu categoría profesional o cualificación.
Incluir medidas de compensación económica y personal.
Si el cambio implica un perjuicio grave, puedes solicitar la extinción de contrato con indemnización. Te ayudamos a valorar cada situación, negociar las condiciones o impugnar la medida si no se ajusta a derecho.
Una modificación puede ser considerada nula si:
Tiene un carácter discriminatorio.
Es una represalia ante reclamaciones previas del trabajador.
Se aplica de forma arbitraria o sin procedimiento legal.
En estos casos, el trabajador tiene derecho a la reposición de sus condiciones anteriores, e incluso a una indemnización por daños y perjuicios si se vulneran derechos fundamentales.
En AE Abogados contamos con un equipo de abogados laboralistas en Madrid con amplia experiencia en defensa de los derechos de los trabajadores. Hemos gestionado con éxito numerosos casos de modificaciones contractuales, impugnaciones, negociaciones individuales y colectivas, y pactos abusivos. Nuestra intervención se basa en:
Estudio personalizado de tu caso.
Asesoramiento jurídico integral.
Negociación con la empresa o representación judicial.
Cercanía, claridad y compromiso.
No. Solo si la empresa justifica causas objetivas puede hacerlo, y siempre deberás recibir preaviso y tener la posibilidad de impugnar.
20 días hábiles desde que te notifican el cambio.
Sí, si no existen causas objetivas o si el traslado te causa un perjuicio grave. En algunos casos, puedes solicitar la extinción de tu contrato con indemnización.
Solo si hay una compensación económica suficiente y una duración razonable. Si no se cumplen estas condiciones, se puede impugnar.