En un mercado cada vez más competitivo, las empresas recurren con frecuencia a pactos de exclusividad, no competencia y confidencialidad para proteger su know-how, información estratégica y posición en el mercado. Sin embargo, estos pactos deben respetar ciertos límites legales y garantizar el equilibrio entre los derechos del trabajador y los intereses de la empresa.
En AE Abogados contamos con un equipo especializado en asesorar tanto a trabajadores como a empresas en la redacción, revisión e impugnación de este tipo de cláusulas, asegurando que su aplicación sea justa, proporcional y conforme a derecho.
Pacto de exclusividad: impide al trabajador prestar servicios para otras empresas, incluso fuera del horario laboral. Solo es válido si existe una contraprestación económica específica y justificación del interés empresarial.
Pacto de no competencia postcontractual: limita la posibilidad de que el trabajador, tras finalizar su relación laboral, trabaje en el mismo sector o para la competencia. Debe tener una duración máxima de 2 años (para técnicos) y también exige una compensación adecuada.
Pacto de confidencialidad: obliga al trabajador a no divulgar información sensible o estratégica a la que ha tenido acceso durante la relación laboral. Puede mantenerse incluso después del cese de la relación contractual.
Tanto si eres trabajador como si representas a una empresa, es esencial contar con el apoyo de un abogado con experiencia en esta materia:
Como trabajador, puedes impugnar pactos abusivos, reclamar compensaciones o negociar una salida pactada.
Como empresa, puedes prevenir fugas de información, asegurar el cumplimiento de cláusulas clave y proteger tu posición competitiva.
En AE Abogados revisamos la validez de los pactos, analizamos su impacto real y te ofrecemos una estrategia legal clara y eficaz para proteger tus intereses.
Los pactos de no competencia y confidencialidad son especialmente comunes en perfiles de alta responsabilidad: directivos, mandos intermedios, técnicos especializados o comerciales.
En estos casos, las cláusulas suelen ser más complejas y de mayor alcance. Nuestro equipo está preparado para ayudarte a:
Revisar y negociar los términos del contrato.
Asegurar que recibes o pagas la compensación adecuada.
Defender tus derechos ante un eventual conflicto legal.
No firmes nada sin asesorarte. En AE Abogados analizamos tu contrato, valoramos los riesgos y te ayudamos a tomar la mejor decisión para tu futuro profesional.
No. Solo puede imponerse si hay un interés legítimo y una compensación económica adecuada. Puedes negarte a firmarla si no se cumplen esos requisitos.
Hasta un máximo de 2 años para técnicos y 6 meses para el resto de trabajadores, siempre que esté justificada.
El pacto pierde validez. Puedes reclamar la compensación o considerar la cláusula como nula.
Depende de los términos del contrato. En general, solo puedes trabajar para tu empresa actual si el pacto es válido y está compensado.
Sí. Incluso después de finalizar la relación laboral, si has firmado un pacto de confidencialidad, puedes ser responsable civil o penalmente.
AE Abogados, estamos aquí para ayudarte.
Rellena el siguiente formulario y nos pondremos en contacto contigo lo más rápido posible.