Los abogados de la firma asesoran en todos los aspectos relacionados con aquellos trabajadores expatriados que, bien por órdenes del propio Empresario, bien por acuerdo entre las partes, deben trasladarse de forma temporal o definitiva con el fin de prestar servicios en territorio extranjero.
A este respecto ocurre que en esos supuestos nos encontramos con regímenes de Seguridad Social distintos, establecidos por los ordenamientos jurídicos de cada Estado. De este modo, surge la necesidad de coordinarlos con el fin de evitar la aparición de diversas obligaciones sociales por parte de cada uno de los países implicados.
En este orden de ideas, los posibles escenarios relativos a la Seguridad Social que concurren en los supuestos de expatriación de trabajadores son:
1.- Seguridad Social relativa a los trabajadores desplazados en el marco de la Unión Europea.
2.- Seguridad Social relativa a los trabajadores desplazados a países no comunitarios: Convenios Bilaterales de Seguridad Social firmados por España.
3.- Seguridad Social de los trabajadores desplazados a Estados Iberoamericanos: Convenio Multilateral Iberoamericano.
4.- Seguridad Social de los trabajadores desplazados a países no comunitarios y sin instrumentación internacional sobre seguridad social.
Por otro lado, la firma asume el asesoramiento de las condiciones de retorno de los expatriados, interviniendo no sólo en las negociaciones entre las partes –empresario y expatriado-, sino también en la detección de posibles contingencias en el marco del retorno.
La expatriación de empleados plantea un escenario complejo desde el punto de vista laboral, fiscal y de Seguridad Social. Ya sea por decisión unilateral del empleador o por acuerdo entre las partes, trasladar a un trabajador a otro país implica la aplicación de normativas distintas, coordinación de sistemas de cotización, adecuación contractual y control del riesgo jurídico.
En AE Abogados, ofrecemos un servicio integral de asesoramiento legal en expatriación laboral, dirigido tanto a empresas que gestionan desplazamientos internacionales como a trabajadores expatriados que desean proteger sus derechos.
La expatriación se produce cuando un trabajador debe prestar sus servicios fuera de España durante un tiempo determinado o de forma indefinida. Esta situación puede derivarse de:
Proyectos de expansión o internacionalización de la empresa.
Creación de nuevas filiales o delegaciones en el extranjero.
Necesidades operativas específicas en otro país.
Promociones o nombramientos estratégicos de directivos.
Sea cual sea el motivo, el traslado internacional del trabajador debe documentarse adecuadamente, regulando las condiciones del desplazamiento y los efectos que tendrá sobre su contrato, su cotización y su tributación.
Nuestro equipo de abogados especializados en expatriación de empleados asesora en:
Redacción de acuerdos de desplazamiento internacional: condiciones del destino, duración, condiciones económicas, retorno.
Aplicación de convenios internacionales de Seguridad Social, según el país de destino.
Análisis de la legislación laboral aplicable: elección entre Derecho español o legislación extranjera.
Coordinación entre régimen fiscal español y local para evitar doble imposición.
Gestión de cláusulas de repatriación, mantenimiento de beneficios, continuidad de carrera.
Evaluación de riesgos laborales, contingencias familiares, cobertura sanitaria y situaciones de emergencia.
Cada expatriación es diferente, y su diseño debe adaptarse al perfil del trabajador, el país de destino y los objetivos empresariales. Por eso ofrecemos soluciones jurídicas personalizadas, pensadas para garantizar seguridad jurídica y transparencia en todo el proceso.
Uno de los aspectos más delicados de la expatriación es la coordinación de los sistemas de Seguridad Social entre países. Según el destino, pueden aplicarse distintos mecanismos:
Reglamentos comunitarios (UE y Espacio Económico Europeo): permiten mantener la cotización en España durante el desplazamiento.
Convenios bilaterales firmados por España: con países como Estados Unidos, Argentina, México, Japón, entre otros.
Convenio Multilateral Iberoamericano: aplicable en numerosos países latinoamericanos.
Destinos sin convenio: exigen soluciones contractuales y tributarias ad hoc para evitar desprotección o doble cotización.
Nuestro despacho analiza cada caso para establecer qué normativa debe aplicarse y evitar que el trabajador quede desprotegido o que la empresa incurra en responsabilidades innecesarias.
Para evitar conflictos y garantizar una expatriación jurídicamente segura, es recomendable firmar un acuerdo específico de desplazamiento internacional, que debe incluir al menos:
Duración prevista del desplazamiento.
País de destino, funciones y centro de trabajo.
Condiciones retributivas y pluses asociados (alojamiento, manutención, escolarización, transporte, etc.).
Sistema de Seguridad Social aplicable.
Fiscalidad durante la expatriación.
Cláusula de retorno: condiciones al finalizar el desplazamiento.
Pacto de no pérdida de antigüedad ni derechos adquiridos.
Nuestros abogados expertos en expatriación laboral redactan y revisan estos acuerdos, asegurando su validez legal y su coherencia con el contrato original.
El proceso de retorno tras una expatriación suele generar tensiones cuando no ha sido correctamente regulado desde el principio. Algunas empresas intentan modificar condiciones, cambiar el puesto o reducir salario, lo que puede suponer un incumplimiento contractual.
Te ayudamos a:
Hacer valer tus derechos de retorno en condiciones equivalentes.
Reclamar si el regreso implica una modificación sustancial del contrato.
Negociar condiciones de reubicación y continuidad profesional.
Proteger tu retribución variable, bonus, stock options y beneficios acumulados durante el desplazamiento.
En AE Abogados defendemos tu trayectoria con visión estratégica, sabiendo que la expatriación es una oportunidad profesional que debe cerrarse con seguridad jurídica y reconocimiento pleno.
¿Es obligatorio firmar un nuevo contrato para una expatriación?
No siempre, pero es altamente recomendable. Un acuerdo por escrito evita malentendidos y protege tanto al trabajador como a la empresa.
¿Puedo negarme a ser expatriado si no fue pactado en mi contrato?
Sí. La expatriación debe ser voluntaria o estar prevista expresamente en el contrato. Si no es así, puedes negarte sin incurrir en incumplimiento.
¿Seguiré cotizando a la Seguridad Social española durante mi estancia en el extranjero?
Depende del país. Si existe reglamento comunitario o convenio bilateral, puedes mantener la cotización en España mediante el formulario correspondiente.
¿Qué pasa si me despiden estando expatriado?
Tendrás los mismos derechos que en España, pero habrá que analizar la legislación aplicable, el contrato suscrito y la jurisdicción competente. Es clave actuar rápido y con asesoramiento especializado.