Indemnización legal por despido: nociones básicas

Indemnización legal por despido: nociones básicas

by Abogado Laboralista Madrid, 16 octubre, 2018

En aquellos supuestos en que el empresario extingue el contrato de trabajo de sus empleados sin una causa legal aparente, la consecuencia inmediata es el derecho a que los mismos perciban una indemnización legalmente tasada. Nuestros abogados laboralistas te ofrecen las claves para tener en cuenta a la hora de cuantificar dicho concepto indemnizatorio.

A saber:

1.- ¿A cuanto debe ascender la indemnizacion legal por despido declarado o reconocido improcedente?

La indemnización por despido improcedente tiene naturaleza reparadora y no sancionadora. Asimismo, su cuantía está tasada en la Ley y no depende de la entidad real del perjuicio.

Teniendo en cuenta lo anterior, dicha cantidad asciende a 33 días de salario por año de servicio, prorrateado por meses en períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades.

Pues bien, partiendo de la anterior premisa, no podemos perder de vista que los parámetros básicos para el cálculo de la indemnización son: el tiempo de servicios acreditado por el trabajador y el salario diario devengado por el mismo en el momento de la extinción.

Del mismo modo, tampoco podemos olvidar las reglas transitorias que son de aplicación en el cálculo de la indemnización legal por despido improcedente.

Así, a efectos del cálculo de la indemnización para los contratos de trabajo celebrados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 la cuantía ascenderá a cuarenta y cinco días de salario por año de servicio con la precisión de que el importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario.

2.- ¿Cuales son los periodos de servicio que debo tener en cuenta a efectos de la determinacion de la indemnizacion?

El tiempo de servicio computable a efectos de determinación de la indemnización es el que transcurre desde el inicio del trabajo en la empresa -incluido el período de prueba, contratos formativos o contratos temporales en su caso- hasta la fecha del despido, salvo que convencionalmente se disponga una medida más amplia o que la empresa hubiera reconocido a tales efectos el tiempo de servicios en otro ámbito de trabajo.

indemnizacion-legal-por-despido-2Asimismo, como regla general, no se descuentan del tiempo de servicios los periodos de baja, interrupción o suspensión del contrato de trabajo.

Por otro lado, no debe olvidarse que el tiempo de excedencia forzosa no computa a efectos del cálculo de indemnización, aunque sí lo haga a efectos de antigüedad. Del mismo modo, no se tiene en cuenta para el cálculo de la indemnización por despido en la relación laboral común el período durante el cual el trabajador hubiera ocupado un puesto como alto directivo.

Por último, en caso de subrogación legal o convencional, el tiempo de servicio debe comprender todo el transcurso de la relación contractual de trabajo, incluyendo tanto las fases de la misma en las que el trabajador estuvo vinculado con el empresario que la dio por terminada, como la fase o fases en que la posición empresarial de la propia relación laboral fue desempeñada por uno o varios empresarios anteriores.

3.- ¿Que debe entenderse por salario regulador a efectos del calculo de la indemnizacion?

Como se ha avanzado, por salario regulador debe entenderse el que corresponde legal o convencionalmente al trabajador en el momento del despido, o el salario realmente percibido por el trabajador si es superior. Las discrepancias que puedan suscitarse en torno a esas cuantías deben solventarse en el proceso por despido.

En cualquier caso, se toma como base el salario bruto antes de retención de impuestos y descuento de cuotas a la Seguridad Social.

En caso de reducción de jornada por guarda legal, se toma como base el salario de jornada ordinaria para no perjudicar al trabajador.

indemnizacion-legal-por-despido-34.- ¿Que efectos fiscales tiene la indemnizacion legal por despido improcedente en la renta del trabajador?

Por lo que se refiere a la tributación, la indemnización legal por despido está exenta de IRPF hasta la cuantía establecida legalmente con carácter obligatorio por el ET en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias.

Importante en este punto es tener en cuenta que las indemnizaciones abonadas por el empresario antes de la conciliación administrativa como consecuencia del reconocimiento de la improcedencia del despido no quedan exentas de IRPF- Ellos es así debido a que la Disposición Transitoria 22ª de la LIRPF añadida por la Ley 3/2012.

En este sentido, el reconocimiento expreso de la indemnización deberá quedar recogido en el correspondiente Acta de Conciliación suscrita ante el SMAC -Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la localidad correspondiente-.

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