Contrato temporal de una mujer embarazada

Contrato temporal de una mujer embarazada

by Abogado Laboralista Madrid, 14 abril, 2016

¿Debe prorrogar el empresario obligatoriamente el contrato temporal de una mujer embarazada?

Es por todos conocidos que en aquellos supuestos en que el empresario despide a una empleada que se encuentra en situación de embarazo, nos encontramos ante un claro supuesto de lesión de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.

Lo anterior supone que el despido sea declarado automáticamente como nulo, quedando el empresario condenado a la inmediata readmisión de la trabajadora con abono de los salarios dejados de percibir.

Ahora bien, ¿Qué ocurre en los supuestos en que la trabajadora presta servicios vinculado por un contrato temporal? ¿Está el empresario obligado a prorrogar el contrato temporal cuándo éste llega a término por vencimiento del plazo estipulado por el hecho de que ésta se encuentre en situación de embarazo?

A este respecto, señalar que los contratos temporales se extinguen cuando vence el plazo inicialmente pactado o concluye la obra o servicio objeto de la contratación temporal. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, inicialmente no parece que se incurra en ilegalidad alguna por el hecho de extinguir un contrato temporal cuyo vencimiento se ha materializado, independientemente de que la trabajadora cuyo contrato se finiquita se encuentre en situación de embarazo.

Cuestión distinta sería que el empresario sí prorrogase los contratos temporales de otros empleados y no renovase el contrato de la trabajadora embarazada. En este supuesto, claramente existirían indicios de discriminación que nos llevarían a pensar que nos encontramos ante una vulneración de derechos fundamentales.

Por último, aclarar que sí nos encontramos ante un despido nulo en aquellos supuestos en que, encontrándose una trabajadora en situación de embarazo y habiendo suscrito un contrato temporal con el empresario, éste último extingue con carácter anticipado a la duración pactada.

Sin comentarios


Dejar comentario

Your email address will not be published Required fields are marked *

*

Entradas destacadas