¿Como puedo demandar a mi empresa?

¿Como puedo demandar a mi empresa?

by Abogado Laboralista Madrid, 28 agosto, 2018

El primer consejo que damos a aquellos empleados que quieren efectuar algún tipo de reclamación a su empleadora es efectuar una solicitud “amistosa”, ya que de esta manera se evita iniciar un conflicto directo con la empresa.

A tal efecto, la recomendación del despacho es enviar una comunicación por escrito -preferiblemente un burofax con acuse de recibo y certificación de texto- en la que se detallen de forma pormenorizada las causas de la reclamación.

Para el caso de que esta reclamación no surta efecto, el empleado tiene en sus manos la posibilidad de defender sus derechos ante los Juzgados de lo Social y ante la Inspección de Trabajo.

Nuestro equipo de abogados laboralistas pasa a continuación a detallar los principales pasos a seguir en caso de optar por esta última vía:

1.- Reclamación Judicial

Lo más importante a la hora de analizar una reclamación es tener en cuenta los plazos que la ley establece para demandar, ya que en muchos casos son muy cortos.

A tal efecto cabe distinguir entre dos plazos:

Plazo de 20 días hábiles (despido, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, reclamaciones relacionadas con la reducción de jornada…).

  • Plazo de un año (reclamaciones de cantidad, impago de salarios, reclamación de finiquito…).

1a) Fase Administrativa Previa

El proceso laboral tiene la particularidad de que en la mayor parte de supuestos (despido, reclamación de salarios, reconocimiento de derechos…) el procedimiento se inicia con la interposición de una reclamación administrativa previa a la vía judicial.

Dicha reclamación se inicia a través de la presentación de una papeleta de conciliación y se interpone ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la provincia en la que surja el conflicto laboral.

El contenido de la Papeleta debe ser el siguiente:

  • Identificación de cada parte (DNI y domicilio del trabajador, CIF y domicilio social de la empresa).
  • Descripción de la relación laboral (tipo de contrato, salario, antigüedad, categoría profesional, funciones…)
  • Enumeración clara y concreta de los hechos que motivan la reclamación. Si estamos ante un despido, es importante concretar la fecha en que se produjo el mismo y las razones por las que debe ser considerado improcedente.
  • Indicación de si el trabajador va a acudir al SMAC acompañado de abogado.
  • Por último, fecha y firma del trabajador en la última hoja de la papeleta.

Una vez presentada la papeleta, el trabajador y la empresa son citados ante el referido servicio de mediación con la intención de alcanzar un acuerdo amistoso con el que concluir el conflicto.

demandar-empresa-1aLamentablemente, en la mayor parte de casos no se alcanza un acuerdo, lo que obliga al trabajador a interponer la correspondiente demanda judicial.

1b) Fase Judicial

La fase judicial se inicia una vez que el trabajador interpone la correspondiente demanda judicial, a la cual, habrá de adjuntar copia del acta acreditativa del intento de conciliación previa.

En el procedimiento laboral no hay costas, por lo que los únicos gastos que tendrá que asumir el empleado son los honorarios de su abogado.

El contenido de la demanda debe ser prácticamente idéntico al de la papeleta de conciliación, ello es así debido a que el Juez no admitirá los hechos nuevos introducidos en esta fase judicial.

Una vez que se presente la demanda, trabajador y empresa recibirán una citación para acudir a la celebración del acto de juicio.

Es posible que antes de la celebración del juicio la empresa inicie negociaciones con el trabajador en un intento de llegar a un acuerdo.

En caso de que la oferta de la empresa sea razonable se suele aconsejar aceptar la oferta ya que cuando se celebra un juicio entran en juego ciertas variables totalmente incontrolables para el abogado (testigos, pruebas que presente la empresa…).

Concluido el juicio ya solo queda esperar la sentencia, la cual, dependiendo del juzgado, puede tardar hasta varios meses.

demandar-empresa-1bPara terminar con la fase judicial, cabe advertir que la mayor parte de las sentencias dictadas por un juez de lo social, pueden ser recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en la que tenga lugar el conflicto laboral.

2.- Denuncia ante la Inspección de Trabajo

La denuncia ante la Inspección de Trabajo puede conllevar dos consecuencias:

  • Que se imponga algún tipo de sanción económica a la empresa con motivo de las irregularidades que se vienen produciendo en el marco de la relación laboral y
  • Que la empresa reconduzca su actitud, mejorando en consecuencia la situación laboral del trabajador.

Ahora bien, es importante tener en cuenta que este tipo de denuncias no siempre son efectivas, sin embargo, puede resultar muy útil interponerlas para adjuntarlas a la demanda.

Normalmente los jueces valoran de manera muy positiva el hecho de que además de ir a juicio el trabajador solicite ayuda a la inspección de trabajo.

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