¿Me pueden despedir estando de baja médica?

¿Me pueden despedir estando de baja médica?

by Abogado Laboralista Madrid, 20 octubre, 2021

Alguna de las consultas que recibimos de forma recurrente en el Despacho está relacionada con la posibilidad de despedir a un trabajador durante su baja médica, ya que todavía existe la falsa creencia de que no se puede extinguir un contrato de trabajo durante una incapacidad temporal.

Nuestro equipo de abogados laboralistas responde a continuación a las dudas más frecuentes en relación con la figura del despido durante las bajas laborales:

1.- ¿Me pueden despedir estando de baja médica?

Si, ya que la baja no supone ningún tipo de obstáculo para el empresario. La cuestión es si existe causa real para despedir, ya que, si no es así, el despido del trabajador que se encuentra en situación de incapacidad temporal será IMPROCEDENTE.

2.- ¿Qué puedo hacer si me despiden durante mi baja?

Al igual que ante cualquier otro tipo de despidos el trabajador dispone de un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción para interponer la oportuna reclamación.

A tal efecto deberá comenzar interponiendo una Papeleta de Conciliación ante el servicio de mediación arbitraje y conciliación, en caso de que la empresa esté dispuesta a llegar a un acuerdo, en este punto finalizaría el procedimiento.

Para el caso que no haya ningún punto de encuentro entre ambas partes, el trabajador podrá interponer una demanda judicial con el objeto de que sea un juez el que analice la legalidad de su despido.

3.- ¿En qué casos me podrían despedir de forma procedente estando de baja?

Ante una situación de baja, el trabajador puede ser despedido por alguna de las siguientes razones:

  • Por despido objetivo (más información en este post)
  • Por despido disciplinario (más información en este post)
  • Con motivo de un despido colectivo (más información en este post).

La cuestión será determinar si las causas alegadas por la empresa para proceder a su despido son “reales” y si la medida disciplinaria se ha adoptado dentro del plazo que fija la Ley.

En este punto no se debe olvidar que las faltas cometidas por los trabajadores tienen un plazo concreto para poder ser sancionadas, por lo que es importante tener en cuenta esta cuestión a la hora de abordar el despido de un trabajador que se encuentra de baja médica.

4.- ¿Qué sucede si el despido del trabajador que está de baja no tiene causa?

En este tipo de casos el Tribunal Constitucional ha determinado que el despido tendrá la consideración de IMPROCEDENTE, lo que supone que el trabajador tendrá derecho al percibo de una indemnización de 45/33 días de salario por año de servicio (45 días por año por la antigüedad generada antes de febrero de 2012 y 33 días posteriormente).

5.- ¿Existe alguna posibilidad de que el despido de un trabajador que está de baja tenga la calificación de NULO?

Pese a la norma general, lo cierto es que existen sentencias que determinan la nulidad de este tipo de despidos cuando se puede equiparar la enfermedad del trabajador a una discapacidad.

Esto sucede por ejemplo ante enfermedades de larga duración, pero por supuesto habrá de analizarse de forma pormenorizada el caso concreto, ya que la norma general es determinar la improcedencia de este tipo de extinciones.

Otro caso en que se ha determinado la nulidad es cuando el Juez constata que el despido durante la baja médica puede tener la consideración de “política de empresa” ya que el trabajador ha conseguido acreditar que su caso no es algo aislado, sino que forma parte de la conducta habitual de su empresa ante las situaciones de baja.

En estos casos, no se debe olvidar que además de solicitar la reincorporación el trabajador podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

6.- ¿Qué sucede con la prestación de incapacidad temporal si el trabajador es despedido durante su baja?

La prestación no se verá afectada por el despido, ahora bien, el pago se efectuará por la Mutua o por el INSS, depende de quien tenga que asumir la cobertura.

Es muy importante tener en cuenta que este pago no será automático, por lo que es el trabajador el que tendrá que solicitar el mismo una vez que haya sido despedido.

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